La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ya publicó el Calendario Tributario 2026, estableciendo las fechas oficiales para la presentación de la Declaración de Renta de Personas Naturales correspondiente al Año Gravable 2025.
Si eres una persona natural y estás obligado a declarar, conocer estas fechas te permitirá evitar sanciones, intereses y contratiempos de última hora.
En este artículo encontrarás quiénes deben declarar, los topes establecidos para el año gravable 2025, el calendario completo de vencimientos y algunas recomendaciones para cumplir oportunamente con esta obligación tributaria.
¿Quiénes deben presentar Declaración de Renta?
De acuerdo con la DIAN, deben revisar su obligación tributaria las personas naturales que durante el año gravable 2025 hayan cumplido alguno de los requisitos establecidos por la entidad.
Entre los principales criterios se encuentran:
- Haber obtenido ingresos superiores al límite establecido.
- Tener un patrimonio bruto igual o superior al tope definido por la DIAN.
- Realizar consumos o movimientos financieros que superen los valores determinados.
- Cumplir cualquiera de los demás requisitos contemplados en la normatividad vigente.
Si tienes dudas sobre tu obligación, lo más recomendable es realizar una revisión previa con un contador público.
Topes para declarar en el Año Gravable 2025
Según la información publicada para el calendario tributario:
Ingresos Brutos
Las personas naturales deberán revisar su obligación si durante el año gravable obtuvieron ingresos iguales o superiores a:
$69.718.600
(1.400 UVT)
Patrimonio Bruto
También deberán evaluar su obligación quienes posean un patrimonio bruto igual o superior a:
$224.095.500
(4.500 UVT al 31 de diciembre de 2025)
Calendario de vencimientos DIAN 2026
La presentación de la Declaración de Renta inicia el 12 de agosto de 2026 y finaliza el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT o documento de identificación (sin incluir el dígito de verificación).
| Últimos dígitos | Fecha |
|---|---|
| 01 – 02 | 12 de agosto |
| 03 – 04 | 13 de agosto |
| 05 – 06 | 14 de agosto |
| 07 – 08 | 18 de agosto |
| 09 – 10 | 19 de agosto |
| 11 – 12 | 20 de agosto |
| 13 – 14 | 21 de agosto |
| 15 – 16 | 24 de agosto |
| 17 – 18 | 25 de agosto |
| 19 – 20 | 26 de agosto |
| 21 – 22 | 27 de agosto |
| 23 – 24 | 28 de agosto |
| 25 – 26 | 31 de agosto |
| 27 – 28 | 1 de septiembre |
| 29 – 30 | 2 de septiembre |
| 31 – 32 | 3 de septiembre |
| 33 – 34 | 4 de septiembre |
| 35 – 36 | 7 de septiembre |
| 37 – 38 | 8 de septiembre |
| 39 – 40 | 9 de septiembre |
| 41 – 42 | 10 de septiembre |
| 43 – 44 | 11 de septiembre |
| 45 – 46 | 14 de septiembre |
| 47 – 48 | 15 de septiembre |
| 49 – 50 | 16 de septiembre |
| 51 – 52 | 17 de septiembre |
| 53 – 54 | 18 de septiembre |
| 55 – 56 | 21 de septiembre |
| 57 – 58 | 22 de septiembre |
| 59 – 60 | 23 de septiembre |
| 61 – 62 | 24 de septiembre |
| 63 – 64 | 25 de septiembre |
| 65 – 66 | 28 de septiembre |
| 67 – 68 | 1 de octubre |
| 69 – 70 | 2 de octubre |
| 71 – 72 | 5 de octubre |
| 73 – 74 | 6 de octubre |
| 75 – 76 | 7 de octubre |
| 77 – 78 | 8 de octubre |
| 79 – 80 | 9 de octubre |
| 81 – 82 | 13 de octubre |
| 83 – 84 | 14 de octubre |
| 85 – 86 | 15 de octubre |
| 87 – 88 | 16 de octubre |
| 89 – 90 | 19 de octubre |
| 91 – 92 | 20 de octubre |
| 93 – 94 | 21 de octubre |
| 95 – 96 | 22 de octubre |
| 97 – 98 | 23 de octubre |
| 99 – 00 | 26 de octubre |
¿Qué sucede si presentas la declaración fuera de la fecha?
No cumplir con el calendario tributario puede generar consecuencias económicas importantes, entre ellas:
- Sanción por extemporaneidad.
- Cobro de intereses moratorios.
- Procesos de fiscalización por parte de la DIAN.
- Costos adicionales derivados de la corrección de la declaración.
Por esta razón, lo ideal es preparar la documentación con suficiente anticipación y evitar presentar la declaración durante los últimos días del calendario.
Recomendaciones antes de presentar la Declaración de Renta
Antes de iniciar el proceso, verifica que cuentas con la siguiente información:
- Certificados de ingresos y retenciones.
- Extractos bancarios.
- Certificados de inversiones.
- Información sobre bienes y patrimonio.
- Certificados de intereses de créditos de vivienda.
- Aportes a salud y pensión.
- Información de dependientes (si aplica).
- Facturación electrónica y soportes de costos y deducciones.
Organizar estos documentos con anticipación facilitará el proceso y reducirá el riesgo de errores.
Beneficios de recibir asesoría tributaria
Aunque actualmente existen herramientas digitales para presentar la declaración, contar con un profesional puede ayudarte a:
- Verificar si realmente estás obligado a declarar.
- Aplicar correctamente deducciones y beneficios tributarios.
- Evitar errores en la información presentada.
- Reducir el riesgo de sanciones.
- Cumplir oportunamente con las obligaciones fiscales.
Una revisión profesional también brinda mayor tranquilidad frente a posibles requerimientos de la DIAN.
Conclusión
La Declaración de Renta es una obligación tributaria que requiere preparación y cumplimiento oportuno. Conocer el calendario de vencimientos, revisar si cumples los topes establecidos y reunir la documentación necesaria son pasos fundamentales para evitar sanciones y presentar una declaración correcta.
Si aún no sabes si debes declarar o necesitas apoyo durante el proceso, lo mejor es buscar asesoría especializada antes de que llegue la fecha de vencimiento correspondiente a tu documento.
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